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Expedientan a Félix Solís por una cisterna con vino sin acreditar en su bodega de Fuenmayor

Rioja expedienta a Félix Solís tras hallar una cisterna de vino de mesa en su bodega de Fuenmayor
  • El Consejo Regulador propone una multa de 23.000 euros y la suspensión del derecho a trabajar en Rioja durante un mes

El Consejo Regulador ha enviado al Ministerio de Agricultura un expediente sancionador contra el gran grupo bodeguero español Félix Solís, en cuyas instalaciones de Fuenmayor (Pagos del Rey) los veedores hallaron un camión cisterna con vino de mesa.

Los servicios técnicos del Consejo iniciaron y tramitaron el expediente tras detectar el equipo de veedores, pasada ya la vendimia del 2014, un camión cisterna sin justificación ni procedencia acreditada de Rioja en el patio de las instalaciones de Félix Solís. Fuentes de la representación legal del grupo bodeguero subrayaron ayer que el vino no llegó a entrar en el recinto que técnicamente puede entenderse por bodega, aunque sí se encontraba en un patio dentro del perímetro vallado de la propiedad.

La infracción que ha dado pie al expediente está tipificada como 'grave' por la Ley de la Viña y el Vino del año 2003, con una sanción que puede oscilar entre 2.001 y 30.000 euros, de manera que se ha elevado al Ministerio una propuesta de sanción en el entorno de los 23.000 euros, resultante de cuantificar hasta tres veces el valor del vino incautado en la cisterna (aproximadamente también 23.000 litros), que es el baremo que habitualmente se utiliza en estos casos.

La propuesta de sanción valora el vino como si fuera de 'mesa', ya que con la actuación de los veedores se ha impedido su entrada en el circuito de la denominación de origen, si bien la cuestión quizá más importante es la suspensión del derecho a trabajar dentro de Rioja durante un mes. En este sentido, Félix Solís no podrá ni movilizar vino de sus almacenes ni embotellarlo ni reclamar contraetiquetas durante ese periodo en el caso de que el Ministerio de Agricultura confirme la sanción.

El procedimiento administrativo seguido en el expediente es anterior al que marca la actual Ley de Denominaciones de Origen Suprautonómicas, que establece, desde su aprobación, que los veedores únicamente levantan el acta sobre una supuesta infracción, mientras que la apertura, instrucción y resolución del expediente corresponde a la Agencia de Información y Control Alimentario (AICA).

Como este caso es anterior a la aprobación de la norma, los veedores informaron a los servicios jurídicos y estos iniciaron e instruyeron el expediente contra Félix Sólis con el respaldo del presidente del Consejo Regulador, quien tenía delegada la competencia expresamente por el Ministerio de Agricultura.

Dicho procedimiento, si bien ha sido recurrido en varias ocasiones en los tribunales, ha obtenido el respaldo judicial, con lo que, en caso de que el Ministerio confirme la sanción después de atender las alegaciones del grupo bodeguero, ésta tendría todas las posibilidades de ejecutarse.

La inseguridad jurídica

La nueva Ley de Denominaciónes de Origen Suprautonómicas, que convierte al Consejo Regulador en corporación de derecho público y clarifica el asunto del inicio y resolución de expedientes sancionadores, supera una difícil etapa de inseguridad que ha vivido durante una década la institución rectora del vino de Rioja.

Después de que los tribunales anulasen la capacidad sancionadora de Rioja, el Ministerio de Agricultura optó por una delegación de funciones de apertura e instrucción de los expedientes en la persona del presidente de la Denominación para salir de la difícil situación en que se encontraba Rioja. Dicho procedimiento es el que ampara legalmente el expediente abierto a Félix Solís.