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Abierto hasta el 14 de febrero el plazo para solicitar las ayudas para la promoción del vino en terceros países

Abierto hasta el 14 de febrero el plazo para solicitar las ayudas para la promoción del vino en terceros países

Las acciones subvencionables deberán programarse entre el 1 de junio de 2018 y el 31 de mayo de 2019

europa press

Martes, 30 de enero 2018, 14:59

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El Gobierno de La Rioja ha abierto una nueva convocatoria pública para la concesión de ayudas a la promoción del vino en mercados de terceros países en el marco del Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola. El plazo de presentación de solicitudes se establece hasta el próximo 14 de febrero, según recoge la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente publicada el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).

El objetivo de estas ayudas dirigidas a la promoción es fomentar las características y cualidades de los vinos españoles, con el fin de contribuir a la mejora de su posición competitiva y a la consolidación o apertura de nuevos mercados fuera de la Unión Europea. Las acciones subvencionables deberán programarse entre el 1 de junio de 2018 y el 31 de mayo de 2019.

Los beneficiarios de estas ayudas son operadores, bodegas, cooperativas, el Consejo Regulador de la DOC Rioja, organizaciones profesionales y asociaciones vitivinícolas que vayan a realizar acciones promocionales o publicitarias, entre las que se incluyen campañas informativas, misiones comerciales, portales web, ferias y exposiciones, presentaciones de producto, estudios de mercado, o jornadas, seminarios, portales web, gabinete de prensa, catas o degustaciones.

Respecto a los productos a promocionar, se trata de vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP), con Indicación Geográfica Protegida (IGP) o aquellos en los que se indica la variedad de uva de vinificación. Además, deben destinarse al consumo directo y presentar posibilidades de exportación o nuevas salidas comerciales en terceros países.

Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, en el registro de la Consejería o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos, así como en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja www.larioja.org.

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