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El nuevo régimen de plantaciones

Trabajos mecanizados en una parcela de la DOC Rioja. :: justo rodríguez
Trabajos mecanizados en una parcela de la DOC Rioja. :: justo rodríguez
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La nueva reglamentación de la Unión Europea, referente al régimen de plantaciones de viñedo, que entrará en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2016, traerá importantes cambios, afectando profundamente a la forma de gestionar las nuevas plantaciones y replantaciones del viñedo. Teniendo como última consecuencia un importante impacto económico en aquellas zonas productoras de vinos de calidad con una buena y amplia comercialización, como por ejemplo en los vinos de Rioja.

Estas disposiciones se recogen en el Reglamento (UE) nº 1308/2013 Organización Común de Mercados de Productos Agrarios, con vigencia desde el próximo 1 de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2030, cuando se prevé una revisión intermedia. La normativa regula las nuevas plantaciones, previa solicitud de los productores y sin coste alguno para los mismos, accediendo únicamente si se obtienen las correspondientes autorizaciones administrativas, que sustituyen a los actuales derechos de plantación, que como todos sabemos, pueden ser objeto de transmisión entre productores mediando un precio de mercado, más o menos alto en función de la oferta y demanda del mercado. En los últimos años, el valor de un derecho de plantación en la DOC Rioja ha oscilado entre los 18.000 hasta 30.000 euros por hectárea, para convertirse en cero euros la hectárea con las nuevas autorizaciones administrativas.

Si en la actualidad la DOC Rioja tiene 63.593 hectáreas de viñedo plantado, no es difícil calcular la importante pérdida de patrimonio que supondrá esta medida y que puede cifrarse entre los 1.150 a 1.900 millones de euros, que pasamos a pesetas para evaluar mejor la importancia de estos valores: 200.000 a 300.000 millones de pesetas.

Por otra parte, la Unión Europea autorizará anualmente a cada estado miembro un incremento de su superficie actualizada de viñedo en un 1 por 100 como máximo. Para España, supondrá aproximadamente unas 9.500 hectáreas de nuevo viñedo, y que, si se reparten proporcionalmente según Comunidades Autónomas, corresponderán como máximo a La Rioja: 483,7 hectáreas, Navarra: 196,6 hectáreas y País Vasco: 133,7 hectáreas, según los datos estadísticos de superficie plantada de viñedo en el año 2012.

Establece además esta normativa, los criterios de reparto gratuito de estas superficies: «criterios de prioridad objetivos y no discriminatorios». Estas nuevas superficies pueden destinarse a zonas vitícolas con denominación de origen bien a otras con indicación geográfica protegida e incluso también a la elaboración de vinos sin Indicación geográfica, que hasta ahora no eran objeto de nuevas plantaciones.

En cuanto a las replantaciones, es decir, aquellas plantaciones que habiendo sido arrancadas pueden volver a plantarse con la correspondiente autorización administrativa, ésta podrá ser automática para los arranques a partir del uno de enero próximo, presentado la oportuna solicitud previa y, muy importante, siempre que sea «utilizada en la misma explotación donde se realizó el arranque». Esto quiere decir, que se prohibirá la transmisión de las autorizaciones administrativas para la plantación de viñedo entre distintos productores o viticultores, y que además, como antes hemos comentado, estas concesiones tendrán valor cero.

Con esta medida, se pretende cortar de raíz el mercado de 'papel' entre viticultores, que hasta ahora ha sido perfectamente legal; aunque no duden de que 'hecha la ley, hecha la trampa' y habrá fórmulas más o menos complejas para burlar esta medida y permitir el transvase de documentación entre explotaciones o titulares de viñedo diferentes.

También vemos que esta medida puede limitar la expansión de una determinada zona productora de vinos, que aunque en La Rioja no tendría mucha importancia, sin embargo en otras comunidades autónomas más grandes como Castilla y León, Castilla-La Mancha o Andalucía, entre otras, puede frenar el transvase de plantaciones entre sus diferentes denominaciones de origen, que hasta ahora ha supuesto un espectacular desarrollo para alguna de ellas, como por ejemplo la DO Rueda entre otras más.

No contempla la futura normativa, lo que sucederá cuando un viticultor abandona un viñedo: si su autorización administrativa se amortiza, es decir, desaparece o si pasa de nuevo a la Administración para su reparto de acuerdo con los criterios y limitaciones anteriormente expuestos.

Para terminar, estas disposiciones también prevén el canje de los Derechos de Plantación actualmente en poder de los viticultores y no utilizados por las correspondientes autorizaciones administrativas, estableciendo un plazo máximo anterior al 31 de diciembre de 2015, y que parece para La Rioja será con fecha 15 de noviembre también de este año.

Todo esto está llevando en estos momentos a un activo movimiento de operaciones de compra-venta de derechos de plantación, que se irá acelerando a medida que pasan los días hasta la fecha tope antes citada, y que sin duda harán subir el valor del 'papel' de una manera espectacular.